BERTA CHULVI
La última reforma laboral ha consagrado la máxima que hace tiempo que interiorizaron los dirigentes empresariales: si todos los demás factores de producción son fijos, juguemos con el tiempo de la plantilla para abaratar costes y maximizar beneficios. El texto legal todavía no ha sancionado la disponibilidad total, aunque sí lo hacen algunos convenios sectoriales, como el de grandes almacenes, con colectivos específicos como las cajeras, o el del sector de vigilancia.
La distribución irregular de la
jornada no es nueva, en algunos sectores como la industria química hace tiempo
que se contempla y forma parte de las negociaciones que se plasman en el
convenio colectivo del sector. Lo explica Jorge Moraleda, responsable de Acción
Sindical y Política Industrial de FITEQA-Catalunya: “En el convenio de
químicas, hace tiempo que las empresas pueden distribuir 100 horas de forma
irregular, pero con contraprestaciones en materia de mantenimiento y calidad
del empleo, compensaciones en mayor descanso, limitaciones causales y de
preaviso. Además, pactamos que los trabajadores deciden el momento de realizar
el descanso, de forma que la flexibilidad sea también una baza en manos de los
trabajadores”. De momento, en este sector la reforma laboral no ha supuesto
cambios y en la negociación colectiva los acuerdos sobre jornada se han
renovado este año porque las empresas valoran más las soluciones negociadas que
las impuestas.
La situación es totalmente
distinta en el sector servicios, muy especialmente en el ámbito de comercio.
Son empresas que históricamente han dificultado mucho la acción sindical,
fomentando la aparición de sindicatos amarillos, que en su actuación
proempresarial solo tenían de límite el Estatuto de los Trabajadores. En
hipermercados y grandes almacenes los efectos de esta distribución irregular de
la jornada sí se están notando con dureza. “Nos estamos encontrando con una
pérdida de derechos masiva y una desvalorización del trabajo. Quienes antes
trabajaban de lunes a viernes ahora lo hacen de lunes a domingo, y han dejado
de cobrar las horas extras y los complementos en días festivos”, explica
Alberto Sánchez, secretario de Salud Laboral de la Federación de Comercio,
Hostelería y Turismo de CCOO.
El caso de Alcampo en la
Comunidad de Madrid es paradigmático. Lo explica la responsable de la sección
sindical de Madrid, Rosa Galbarro: “Acogiéndose al artículo 41 del Estatuto de
los Trabajadores, la empresa decidió que todos los trabajadores pasaran a
trabajar de lunes a domingo. CCOO de Madrid lo denunció ante los tribunales y
estos fallaron a nuestro favor, argumentando que se trataba de una aplicación
abusiva de la reforma laboral, puesto que no había causas económicas que
justificaran que los trabajadores que tenían en sus contratos jornadas de lunes
a viernes pasaran a trabajar de lunes a domingo”.
¿Pero qué ha hecho ahora
Alcampo y el resto de empresas del sector a nivel nacional? Lo explica Rolando
Cano, responsable de la sección sindical de Alcampo en toda España: “El logro
en el Tribunal Superior de Madrid ha durado poco porque ahora han negociado un
nuevo convenio sectorial para grandes almacenes e hipermercados para poder
aplicar el artículo 41. Aduciendo como motivo ‘repartir equitativamente la
carga de trabajo’ consiguen que la prestación del trabajo cualquier día de la
semana sea exigible a todos los trabajadores independientemente de que tuvieran
o no compromiso personal de trabajo todos los días”. El trabajo en domingos no
es compensado económicamente. Con esta nueva regulación de la jornada, Rolando
Cano estima que los trabajadores con contrato fijos a tiempo completo habrán
perdido una media del 7% de su salario. Una pérdida mucho mayor la padecen los
trabajadores con contrato a tiempo parcial.
CCOO ha impugnado el convenio
de grandes almacenes e hipermercados, pero como está firmado por FETICO, el
sindicato mayoritario en el sector, el juez ha estimado algunas cuestiones
planteadas por CCOO, pero ha desestimado la reclamación sobre distribución
irregular de la jornada a pesar de que discrimina claramente a las cajeras. El
convenio legitima a la empresa –si consigue el acuerdo de los representantes
legales de los trabajadores– a excluir a las cajeras de los cuadros horarios
laborales anuales, condenándolas a conocer su jornada diez días antes del
inicio de cada mes. Estas son las condiciones en las que trabaja este
colectivo. Según explica Rosa Galbarro: “En los centros en los que CCOO tiene
representación se está consiguiendo que se faciliten los horarios con un mes de
antelación, pero donde solo está FETICO, los avisan con 15 días. La propia
empresa les llama horarios a la carta y lo cierto es que las trabajadoras con
hijos o tienen a alguien que los cuide o se vuelven locas”.
El testimonio de una
dependienta de comercio no puede ser más claro: “Aquí las trabajadoras a tiempo
parcial, las de 22 horas, trabajamos tres días a 4 horas y dos días a 5 horas,
con turnos de mañana o tarde entre las 7:00 h y las 22:00, de lunes a domingo;
aunque en realidad trabajamos según plannings. Es decir, según los cuadrantes
horarios que nos cuelgan en las tiendas. Normalmente, y esto es lo gordo, el
planning lo cuelgan algún día de la última semana de cada mes, para el mes
siguiente y encima te lo cambian, así que es imposible organizarte la vida”.
La inseguridad no afecta solo
al manejo del tiempo, sino que las cajeras no saben tampoco lo que van a cobrar
cada mes hasta que les llega el horario: “Tú tienes garantizadas 60 horas que
son 400 euros al mes, pero puedes hacer el doble, es decir, que un mes puedes
cobrar 400 y otro 800, pero no lo sabes hasta 15 días antes”, explica Rosa
Galbarro. La reforma laboral en cuanto a la distribución irregular de la
jornada ha provocado todavía situaciones más injustas: “Como la empresa puede actuar
unilateralmente, se han agudizado las diferencias entre los trabajadores y
trabajadoras, a quien protesta o pide explicaciones le caen más domingos”,
denuncia Ronaldo Cano.
En el sector de limpiezas de
edificios y locales, la posibilidad de distribución irregular de la jornada se
está utilizando sobre todo como amenaza para conseguir reducciones voluntarias
de jornada. Lo explica Julio Basilio, secretario de Acción Sindical de la
Federación de Servicios Privados de CCOO de Madrid: “A empresas como las nuestras
una distribución irregular de la jornada les trae bastantes quebraderos de
cabeza, pero la utilizan como un arma contra los derechos de los trabajadores.
Te amenazan con pasar a toda la plantilla de lunes a domingo para conseguir que
la gente se reduzca la jornada”.
Para los trabajadores del
sector de vigilancia, que llevan años luchando para intentar que sus empresas
entren en razón, esta legitimación de la jornada irregular es un jarro de agua
fría. “En muchas empresas del sector de vigilancia nos informan de los
cuadrantes horarios del mes dos días antes e incluso los cambian sobre la
marcha. Es un ‘ajuste’ horario permanente que tiene consecuencias nefastas para
los trabajadores. Estamos habituados a ver cómo las vidas personales de los
compañeros entran en crisis porque no es posible conciliar ni las obligaciones
familiares ni las relaciones afectivas”, explica José Caballero, responsable de
Salud Laboral de la Federación de Servicios Privados de CCOO. La situación está
tan extendida que en el convenio colectivo ha sido un logro conseguir que la
patronal aceptase que al menos un 30% de la jornada se cumpliera según lo
previsto en los cuadrantes anuales. Sin embargo, las empresas no cumplen ni el
compromiso establecido en el convenio.
En el sector de gestión de
residuos, el caso de una empresa de cubas desatascadoras muestra claramente
cómo se utiliza la distribución irregular de jornada para depreciar el valor
del trabajo. Lo explica Juan Carlos del Moral, responsable del área de Medio
Ambiente e Inspección de Trabajo de la Federación de Servicios Privados de
Catalunya: “La empresa que está en concurso de acreedores ha planteado a la
plantilla que el 10% de la jornada se va a distribuir en guardias de retén y
guardias de disponibilidad los fines de semana o entre semana a partir de las 9
de la noche. Con ello se ahorra el coste de pagar esos horarios asociales, pero
lo más llamativo es el concepto de guardia de disponibilidad: tú has de estar
en tu casa disponible pero solo te computan las horas de servicio, es decir,
has estado toda la noche disponible, pero si el servicio para el que te han
llamado ha durado solo dos horas, solo has trabajado dos horas y solo cobrarás
dos”
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