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sábado, 2 de agosto de 2008

Domingos y Festivos

Sobre la base de diferentes sentencias, interpuestas por CCOO relativas a la planificación de Domingos y festivos, Alcampo manifiesta en el comité intercentros que no programara trabajo durante estos días a los trabajadores, que tuvieran cláusulas de Domingos y festivos en su contrato y no hubiese hecho efectiva nunca.

El trabajo en domingos o festivos se regulara según convenio colectivo de la siguiente forma:

- No se trabajara mas del 70% de los domingos o festivos de apertura comercial (No mas de 15 Domingos o festivos durante el presente año).
- No se cobrara por el trabajo en domingos o festivos la cantidad de 180,00 euros al año, prorrateados en 12 mensualidades (15 euros al mes).
- A partir del séptimo se percibirán 33,00 euros por cada domingo o festivo trabajado y 36,00 a partir del 14.
- Los trabajadores con contrato temporal, sin planificación de horario anual percibirán 30,00 euros por cada domingo y festivo trabajado durante los 6 primeros, a partir del séptimo percibirán las cifras señaladas en el párrafo anterior.

Las cantidades señaladas se perciben por tiempo igual o superior a 6 horas de trabajo. Las jornadas inferiores (Trabajadas domingos y festivos), percibirán la parte proporcional, la media para calcular las horas trabajadas en festivos anuales.

El señalamiento de los domingos o festivos de cada trabajador incluido el sector de cajas se efectuara con el calendario anual.

Los trabajadores del almacén de Valdemoro en el CAD, también tienen derecho a cobrarlo. La empresa no se los pagaba, denunciamos y 5 años después nos ha dado la razón. Los compañeros tendrán que cobrar todo lo que no les han pagado. De hecho empezamos a cobrar el famoso CO.TUR (Art.32.13) desde Enero del 2008 y los atrasos desde el año 2001 en dos mensualidades (Marzo y Abril de 2008).

Se excluyen los trabajadores que trabajen 3 días a la semana o menos (Tiempo parcial fin de semana). Los que trabajen más de 3 días a la semana de manera regular o en promedio anual, también tienen derecho a cobrarlo. Hay que sumar todos los días que trabajando al año si eres de fin de semana y dividirlos en el numero de semanas que tiene el año, si sale mas de 3 tienes que cobrarlos igual que el resto.

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